No voy a ser yo quien dirija el dedo
acusador sobre determinadas empresas de sector jurídico que llevan años
lucrándose llevando a cabo extensos documentos “por encargo” que autodenominan “Protocolos
familiares”.
Dichas empresas fundamentan su éxito
económico sobre tres premisas principales: a).- sus estudiadas campañas
comerciales en las que buscan tener un cierto renombre en esta concreta especialidad
del Derecho; b).- su cliente “target”
suele ser una PYME o mediana empresa, nunca una gran empresa, que no esté
siendo asesorada por ningún gran despacho que pueda contrastar la calidad de su
trabajo; y c).- convencen a la Familia empresaria de que su “Protocolo” ha sido
convenientemente personalizado y que servirá, como un guante se adapta a una
mano, a canalizar de forma racional y pacífica las relaciones inter-familiares
que se produzcan entorno a la dirección y a la explotación del negocio
familiar.
La primera premisa, sin duda, la comparto, y la segunda con matices (porque creo que el asesor debe escoger a qué segmento de clientes debe dirigirse, pero no -claro está- en la parte de que su trabajo no pueda ser contrastado por un tercero),
y forman parte de lo que debe constituir la estrategia a seguir por un despacho
de abogados del Siglo XXI, sobretodo si busca posicionarse adecuadamente en un mercado
tan competitivo como el que vivimos en la actualidad en nuestro país.
Sin embargo, estoy en profundo desacuerdo
con la forma en la que tales empresas llevan a cabo -y culminan- su trabajo con
la entrega a la Familia de la documentación en la que se estructura el “Protocolo”, porque en la mayoría de los
casos nos encontramos ante un producto hueco, repetitivo, demasiado parecido a
otros trabajos realizados por la propia empresa asesora a otros de sus clientes,
de tal manera que el resultado final lo podríamos etiquetar -sin equivocarnos
mucho- como “generalista”, y que, por
lo tanto, peca de no haber sido convenientemente personalizado.
La necesaria personalización de un “Protocolo” necesita de mucho tiempo y de
mucha paciencia, y en este sentido el asesor jurídico que trabaja en su
redacción debe comenzar por escuchar todas las cuestiones que, en la intimidad
y “a puerta cerrada”, le quieran contar
todos y cada uno de los miembros clave de la Familia empresaria en las
diferentes reuniones que con ellos mantenga, porque, en definitiva, se trata de
que los asesores encaminen a la Familia hacia la mejor redacción del documento
y de sus anexos, recomendando sin imposición su contenido.
No se puede fijar un plazo de tiempo estándar
para la preparación y redacción de un “Protoloco” porque, lo cierto, es que puede
variar según el tamaño de la empresa y de la Familia empresaria (si abarca ya a
más de dos generaciones de la misma), pero desde luego no se puede hacer en cuestión
de semanas, ni tampoco en un mes, como he venido a conocer de propia mano por alguno
de nuestros clientes que, en el pasado, contrataron a alguna de tales empresas.
El trabajo previo de análisis de la
situación se ha de llevar a cabo con la máxima empatía con los diferentes
miembros de la Familia empresaria, de tal manera que el equipo asesor consiga
ganarse el respeto y la confianza de los mismos, porque el asesor jurídico
trabaja para la Familia y no para un concreto miembro o sector de la misma, de
tal manera que debe conseguir transmitir la idea de que viene para ayudar a
resolver problemas futuros, así como también para ayudar a solventar los
problemas que pudieran estar larvados y ocultos en el seno de la misma.
Para esta fase no se puede aventurar el tiempo
de dedicación, y es probable que se trabaje en la redacción de sucesivos borradores
de alguna de las cláusulas “ad hoc” que
la Familia empresaria desee integrar en su
“Protocolo”.
Además el equipo asesor ha de contar con
verdaderos especialistas en Derecho Mercantil (sobre todo en el área de
Sociedades), en Derecho Civil (en el área de Derecho Sucesorio) y en Derecho
Tributario (Fiscal), y se requiere, además, acreditar muchos años de
experiencia en esos concretos campos del conocimiento para que se pueda
desplegar un adecuado y acertado asesoramiento de cada cliente, por lo cual debería
quedar automáticamente descartada la participación de determinado personal
contratado que solo cuente con una formación paralegal específica en el tipo de
“Protocolo estándar” que acostumbra a implantar la empresa asesora que, ni
siquiera, se encuentran en posesión de una Licenciatura o, ahora, de un Grado de
Derecho, pero que sin duda resultan más “baratos”.
La consecuencia real es que ese “Protocolo Familiar” que se prepara en “la cadena de montaje” de las empresas
asesoras -a las que me refería al inicio de este artículo- no suele haber sido
preparado para solucionar los potenciales problemas que subyacen en las
relaciones existentes entre los diferentes grupos familiares, porque en su
preparación no se ha entrado a analizar cuál es el sentir real de los
diferentes miembros (o troncos) de la Familia, ni se ha estudiado con detalle
la futura irrupción de las siguientes generaciones de la familia empresaria, ni
tampoco se ha explicado, convenientemente, cuáles son los objetivos perseguidos
por tal o cual cláusula técnica del Protocolo (como por ejemplo las de arrastre
y acompañamiento) al olvidarse que una parte importante de los que suscribirán
el documentos son auténticos legos en la materia.
Muchas veces, en tales “protocolos generalistas” se ha pasado por alto la posible solución
de graves problemas inter-personales que se encuentran larvados en el seno de la Familia
empresaria sobre las que el asesor jurídico ha hecho caso omiso por “no querer enfangarse” en su análisis y
para los que, desde luego, el “Protocolo”
no es una solución sino solo un mero instrumento a emplear en el futuro en una
inmediata confrontación que se suscite en el seno de la Familia dentro del
ámbito contencioso (judicial o en arbitraje), pasando de esta manera de
puntillas sobre los mismos.
La redacción de estos “protocolos generalistas”
viene a obviar, en la mayoría de los casos, el planteamiento de otras posibles
soluciones como la de la salida del capital de una parte de la Familia que, si
se le abonase el precio de mercado de su participación, no pondría mayores
objeciones a la misma, o como la preparación de propuestas alternativas o
complementarias al “Protocolo” –a
veces muy imaginativas- que lleven a establecer desde un posible “troceo” del negocio en diferentes áreas
que permitan desplegar participaciones diferentes de la Familia, o una
desinversión escalonada en el tiempo con un precio de venta variable en función
a la marcha del negocio, cuestiones todas ellas que, sin duda, se encaminan a
alcanzar una estructura familiar más sólida si cuenta con el unánime respaldo
de todos los miembros de la misma y permite relanzar el negocio sin “guerras encubiertas” en su seno.
Por lo tanto, creo firmemente que “tales protocolos” están condenados a guardarse en un cajón de tal manera
que su posible aplicación futura no llegue nunca a ser invocada o aplicada. No cabe duda que tales documentos no van a llegar
a cumplir nunca la función para la que fueron creados.
Y, como humilde observador de esta exitosa
práctica empresarial, puedo afirmar que tales empresas asesoras tienen un enfoque principal y abusivamente mercantilista, y que se
equivocan al usar a los clientes como a los pañuelos de papel -o “Kleenex”-, es decir, una vez que han
hecho un trabajo, se olvidan de ellos para centrar -de nuevo- sus esfuerzos en la
consecución de otro nuevo al que “imponer”
su modelo de “Protocolo”, cuando lo
verdaderamente importante es no dejar abandonado al cliente tras la aprobación
del documento, toda vez que va a necesitar que el asesor jurídico le acompañe
adecuadamente en su implantación y en su más que posible futura modificación o adaptación,
porque, en definitiva, no cabe duda que una vez aprobado este documento se ha
de ir adaptando a las diferentes fases que en el futuro experimenten las
relaciones internas de la Familia y del propio negocio por medio de la
preparación y aprobación de anexos complementarios al mismo.
Que cada empresa –e incluyo a las de
asesoramiento jurídico- elija qué modelo de Protocolo Familiar desea implantar,
que en mi caso tengo muy claro cuál es el correcto.
Fdo. Arturo L. Estévez Rodrigo
AUREN ABOGADOS Y ASESORES FISCALES